domingo, 9 de junio de 2013

DESPENALIZACIÓN DE LA INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO (I)

(Se presentan las partes I y II del artículo sobre el tema, publicados en el semanario Voces el 30 de mayo y 6 de junio por su orden. A partir del 14 de junio, con la publicación de la parte III, se podrá acceder al texto completo)
  
Antecedentes
Hagamos un repaso del tema.  Ya en el Código Penal de 1898 el aborto era castigado con prisión. En 1933 el doctor José Irureta Goyena presentó un proyecto de reforma que –aprobado- habilitó la interrupción voluntaria del embarazo. En 1935, después del golpe de Estado, el dictador Gabriel Terra dictó un decreto que dejó sin efecto la habilitación. Finalmente, en 1938 –vigente aún la dictadura- se aprobó la ley No.9763 de 28 de enero de 1938 que penó el aborto con prisión con algunos atenuantes y eximentes. Dicha ley estuvo vigente hasta la promulgación de la actual, llamada Ley de Salud Sexual y Reproductiva. de 22 de octubre de 2012, que despenalizó el aborto al encararlo como una problemática social que debe ser asistida por el Estado, autorizándosele luego de una previa instancia de intención disuasoria, que obliga a la mujer embarazada a mantener una entrevista previa con especialistas para considerar su resolución.

        En noviembre del 2008 ya se había aprobado una ley de despenalización  que fue vetada en lo esencial por el presidente Dr. Tabaré Vázquez.

        Ante la promulgación de la ley vigente, los contrarios al aborto se han movilizado y el debate continúa. Actualmente se están recolectando firmas para habilitar un plebiscito anulatorio.
Vaz Ferreira y la tarea de legislar.
       Hace ya tiempo, en carta al semanario Búsqueda, poníamos el problema bajo la lente de la Lógica Viva, obra del más importante filósofo uruguayo, Carlos Vaz Ferreira. En ella  se analizan algunos errores de pensamiento en los que incurrimos con frecuencia, fundamentalmente en su planteo, y en consecuencia en su solución. Un planteo incorrecto conlleva una solución incorrecta
        El filósofo llamó a esos errores “paralogismos”, por ser de una “lógica aparente”, ya que bajo el aspecto de un planteo correcto se oculta un error inductor de una solución igualmente errónea. Uno de los más frecuentes –y apropiado a que en él incurra la labor legislativa, en la que a menudo se buscan soluciones generales a problemas de igual naturaleza- es el que llamó "Cuestiones explicativas y cuestiones normativas".
        Vaz Ferreira publicó su Lógica Viva en 1910, por lo que sus ejemplos pueden parecernos obsoletos, pero es muy fácil sustituirlos por otros similares y de actualidad. Como ejemplo de las primeras -cuestiones explicativas, expuso la polémica sobre si la luna tendría o no atmósfera, pregunta a la que -no cabía duda-, debería responderse algún día por o por no, sin posibilidad de soluciones intermedias. Un problema actual de naturaleza similar sería preguntarse si se hallará o no algún día una vacuna contra el SIDA o contra todo tipo de cáncer, entre muchas hipótesis similares. 
        Y como ejemplo del segundo tipo, -cuestiones normativas- que llamó "problemas de hacer, o de acción, o de conveniencia", Vaz Ferreira señaló, entre otros, el divorcio, la organización de la familia, el socialismo, etc. Mencionamos como similares y actuales, algunos problemas sociales como el aborto,  las personas en situación de calle, los hurgadores, la erradicación de la vivienda insalubre, la minoridad y la edad de imputabilidad, el trabajo de los niños, etc.
        El error de lógica señalado por Vaz Ferreira consiste en dar a los problemas de hacer o de conveniencia el tipo de solución –por sí o por no- que se debe dar obligatoriamente a los problemas de constatación, como el de la vacuna contra el cáncer. 
        Hoy, promulgada y vigente la ley que ha despenalizado el aborto, y ante la posibilidad de un plebiscito, debemos analizar los razonamientos que impulsan tal iniciativa y averiguar si en ellos hallamos alguno de estos paralogismos. Es decir, ver con honestidad si estamos ante un dilema de simple constatación –por sí o por no- o bien ante un  problema de hacer que debe solucionarse mediante una normativa exigida por la realidad.
        El problema del aborto corresponde –qué duda puede caber ante más de treinta mil abortos clandestinos por año según estimación al año 2003[i] - al segundo tipo de problemas.  Erróneamente se le ha considerado y tratado como uno del primer tipo, al que hay que responder por sí o por no, como el de la atmósfera en la luna o el de la posible vacuna contra el cáncer. Por el contrario, se trata de un problema social de aquellos que exigen una meditada solución de conveniencia y que plantea un complejo "problema de hacer", de abordar, de solucionar una serie de situaciones de carácter social e higiénico sanitario, como lo es el  embarazo no deseado  y el consiguiente aborto clandestino, el de las acaudaladas clínicas que lucran con dicha situación, el del aborto practicado por gente no especializada y sus posibles secuelas, la muerte entre ellas,  la protección a la salud pública como deber del Estado, la venta de niños, los derechos de la mujer, etc. [ii].

Varela y Batlle: las “sinuosidades del terreno” o los problema de legislar y gobernar
Un claro ejemplo de cuestión  normativa –sobre la que era necesario legislar y regular- fue la que se planteó a José Pedro Varela al considerar la inclusión o exclusión de la religión en el programa de enseñanza escolar: aun convencido de que la enseñanza debía ser laica y el catecismo excluido de la escuela pública, lo admitió en su proyecto de ley atento a la realidad social: la inmensa mayoría de la población se proclamaba católica. El legislador, decía el reformador, "debía adaptarse a las sinuosidades del terreno" y dejar de lado sus propias convicciones.
        Problema similar enfrentó José Batlle y Ordoñez ante la aguda problemática familiar en una sociedad ya entonces colmada de matrimonios desavenidos, condenados a la hipocresía del amante oculto, a la infidelidad admitida, a la poligamia clandestina y a la proliferación de hijos estigmatizados por la ley como "adulterinos". Pese al empecinamiento de los sectores que -a ojos y mente cerrados- sostenían la indisolubilidad del matrimonio por razones de fe, por atavismos, temores y dogmas –“lo que Dios ha unido no lo desuna el hombre”-, terminó por triunfar el sentido común y se aprobó la ley de divorcio. Batlle doblegó finalmente el inverosímil argumento de que "la ley debe respetar el derecho de las personas a considerar el matrimonio como indisoluble", como si la sanción de una ley de divorcio significara una intervención subjetiva en las convicciones personales. Era una simple cuestión normativa que se la quería resolver por sí o por no, como si fuese un problema explicativo o de simple de constatación, el de por sí o por no inducido por un enfoque de esquema dogmático.

La tarea de legislar en el caso que nos ocupa
        El problema del llamado delito de aborto –hoy eliminado de nuestra legislación- fue debatido por décadas, como tantos otros lo fueron en su tiempo - divorcio, matrimonio civil obligatorio, prostitución, el más reciente del matrimonio igualitario - más otros que aún esperan serlo y que en otros países ya han sido legalmente aceptados: eutanasia, clonación de tejidos, el consumo de ciertas drogas, etc.
        El dilema de penalizar o no el aborto, en consecuencia, es  típico ejemplo de aquellos que deben solucionarse no a partir de convicciones ideológicas, filosóficas o religiosas o de conciencia –como no lo fue el divorcio en su momento-, sino tomando como punto de partida los datos de la realidad. Legislarloº no es un problema de conciencia, sino de conveniencia para la sociedad.
        Una patología social endémica debe ser atendida y solucionada. Había un sector importante de la población femenina que planteaba el problema y que exigía una solución: el deber del legislador era atenderlo y dar con ella.
        Queda aclarado así que el problema, en este caso –el que está en debate a raíz de la iniciativa del referendum- no era y no es el aborto como hecho discutible moral o filosóficamente, sino la práctica anual de miles de abortos que antes de la ley se realizaban en la clandestinidad, realidad que una disposición obsoleta había provocado e instalado en forma endémica y que se mantuvo vigente hasta la promulgación de la ley vigente. Uruguay es un país constitucional e institucionalmente  laico. Debemos respetar todas las creencias, pero frente a una afirmación dogmática tenemos el derecho –si no el deber- de comprobar su verdad o falsedad.
        Hay un derecho a la vida, se dice, y en nombre de ese derecho se cierran los ojos, se ignora la realidad, se la esconde, se la niega. El legislador que aduce ese precepto para negar la despenalización, ignora la función que se le ha encomendado: legislar sobre la realidad y no a partir de su fe o de sus convicciones filosóficas. 
        Si se parte de la convicción inamovible de que el óvulo fecundado es ya titular de un derecho a la vida –artículo de fe, subjetivo,  y por lo tanto imposible de probar- toda especulación que se haga sobre el derecho al aborto como problema social se hallará condicionada por ella, y por consiguiente inducirá lógicamente a su negación y rechazo.
        Aún consagrado por un texto legal, deberá reconocerse como evidente que la humanidad lo está violando desde que tiene historia, desde que el hombre ha desacatado in ovo el principio de amar a su semejante y lo ha sustituido por el de matarlo. Las religiones –algunas hoy en ebullición ante la perspectiva del plebiscito- han matado en nombre de Dios, y también torturado, y segregado, y vilipendiado, desde que toda fe suele tender a la universalidad y segregar por ello el veneno de la intolerancia. Porque es evidente que aquel que quiere imponer a los demás una convicción indemostrable, padece –también y sin darse cuenta- de intolerancia.
        No debe descartarse asimismo como causal subsidiaria –y oculta- de la negativa de un derecho al aborto, la subordinación  histórica de la mujer dentro de la sociedad, instalada y mantenida por el varón desde tiempo sin memoria, lo que fue campo de lucha para un feminismo tardío surgido recién a fines del siglo XIX. Aunque hay un sensible retroceso del machismo, la escasa presencia femenina dentro de los cuadros del Estado –entre ellos el parlamento- es una prueba evidente.
       Entre muchos otros factores, la influencia histórica de la Iglesia y de las religiones en general, que excluyeron sistemáticamente a las mujeres de sus rituales, ha sido decisiva. Acusada ya en el Antiguo Testamento de ser causante del pecado original y en consecuencia sometida a la autoridad patriarcal, tal preconcepto diluido en la vida cotidiana ha imperado desde siempre. Al día de hoy la violencia doméstica es un mal endémico que testifica su supervivencia. Cabe a este encuadre del problema la cita de Graciela Hierro que recoge Carlos Lomas: “….los estudios de género han demostrado con claridad que la identidad femenina no es un estado de cosas que surja de rasgos femeninos naturales, sino que es producto del condicionamiento social, de las fuerzas culturales y de las ideologías patriarcales que ejercen presión para mantener el statu quo” [iii].

 La oposición a la ley vigente
        Dejemos de lado el aspecto "machista" que quizás anide en lo medular antropológico de la oposición, denunciado por la opinión femenina y con razonable criterio histórico.
        En términos generales, quienes se oponen al aborto lo hacen por diversas razones filosóficas (derecho a la vida), religiosas (existencia inicial del alma, convicción de que el cigoto ya es persona). También pesa la irreductible condena de la Iglesia Católica:  excomunión latae sententiae, anatemas, etc.  
        En auxilio de estos argumentos  y como sustento legal, se recurrió a tratados internacionales de dudosa aplicación [iv]. Finalmente la mayoría de los legisladores percibieron la necesidad de legislar sobre el tema y la ley fue aprobada por escaso margen.      El tema, con mayor o menor intensidad, es y será debatido tanto en el ámbito político como en el de la opinión pública, con un marcado tinte emocional. Lo mismo sucedió en su época con la ley que creó el Registro Civil Obligatorio y  relegó a un segundo plano la entonces  llamada “Fe de Bautismo”.
          En ocasión de los debates parlamentarios a que dieron lugar ambos proyectos de ley de habilitación del aborto, también fueron repartidos -como antaño en ocasión de la ley de divorcios- volantes a los legisladores que ingresaban a las cámaras. Por su parte, los movimientos que revindican el derecho de la mujer a decidir sobre su propio cuerpo, en ambas ocasiones regaron las escaleras del Palacio Legislativo con ramilletes de perejil, generalizado como símbolo del aborto.

 


[i] SEMPOL, Diego, BRECHA, 14/IX/03. Antes de la aparición de los anticonceptivos (1940), el Dr. Hermógenes Álvarez llegó a estimarlos en 100.000 por año. V. Estadísticas: Briozzo, Leonel et al. El aborto provocado en condiciones de riesgo emergente sanitario en la mortalidad materna en Uruguay. situación actual e iniciativas  médicas de protección materna. Rev. Med. Urug.  (on line) 2002 vol. 18, n.1 (cit. 2013-O5-26) .PP.4/13. Disponible http:www.scielo.edu.uy/scielo.php?script.sci_arttex&ped.so0303-3295200200100002&.es&nrm.iso)ISSNo303-3295.    
 
[ii] En mi condición de escribano tuve que concurrir más de una vez a la cárcel de mujeres por la firma de una reclusa que una y otra vez fue reincidente en la práctica del aborto clandestino, hasta que  su mala praxis determinó la muerte de dos de sus pacientes..    
 
[iii]Hierro, Graciela, “La ética del placer”, UNAM, México, 2003, cita de Carlos Lomas  “¿El otoño del patriarcado?”,  Ed. Península, Barcelona, 2008, p.77
[iv] Ver polémica Dr.Alvarez Conzi-Miguel Semino, BÚSQUEDA, 22 y 30/I/2003 y opiniones del Dr. Carlos Zubillaga y Sr. Juan Carlos Cristobal Roque. 

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